Ejecución de Sentencias Extranjeras en España y Viceversa

En un contexto globalizado, la movilidad internacional de personas y empresas genera cada vez más situaciones en las que se requieren mecanismos legales para hacer cumplir sentencias extranjeras en España o, inversamente, lograr que sentencias españolas sean reconocidas y ejecutadas en otros países. 

En un contexto globalizado, la movilidad internacional de personas y empresas genera cada vez más situaciones en las que se requieren mecanismos legales para hacer cumplir sentencias extranjeras en España o, inversamente, lograr que sentencias españolas sean reconocidas y ejecutadas en otros países. En Candia & Asociados, con nuestra vasta experiencia y enfoque multilingüe, acompañamos a nuestros clientes en este complejo proceso, asegurando que se respeten sus derechos y se cumplan los estándares legales en cada jurisdicción.

El reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras en España

Cuando una persona obtiene una sentencia o decisión judicial dictada en otro País distinto de España, no siempre puede ejecutarse directamente, hay casos en los cuales es necesario iniciarse un procedimiento que reconozca su validez y eficacia para luego poder ejecutarlo en nuestro país.

En el caso de que se trate de una sentencia o resolución judicial procedente de un país miembro de la UE, el reconocimiento y ejecución de las sentencias serán prácticamente automáticos. En este caso bastará que el Juzgado del País que dictó la resolución la cumplimente conforme a un Anexo normalizado y sea traducida al idioma oficial del país en el que se pretenda ejecutar.

Esa decisión podrá ejecutarse directamente en España y así, en consecuencia, por ejemplo, embargar los bienes del deudor.

Dependiendo de la fecha en que se haya empezado el procedimiento en el País extranjero, se aplicará el Reglamento 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, sobre la misma materia (conocido como Reglamento “Bruselas I”), o, Reglamento 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012 (Conocido como “Bruselas I bis”), relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil.

El Reglamento “Bruselas I Bis” se aplicará a aquellas solicitudes de reconocimiento o ejecución de resoluciones extranjeras dictadas en procedimientos judiciales iniciados con posterioridad al 10 de enero de 2015, mientras que a los iniciados con anterioridad le seguirán siendo de aplicación el Reglamento “Bruselas I”.

En caso de que la sentencia o resolución judicial no sea de un País miembro de la UE, habrá que ver si se trata de un País contratante el Convenio nº 16 de la Haya o que tenga convenio bilateral para el reconocimiento de la resolución con España (por eje.: EE. UU.).

Finalmente, si n estamos en ninguno de los casos mencionados, se aplicará la ley autónoma, recogida en la LEC y conocida como exequatur, que es un procedimiento con el que se reconoce la validez y eficacia de la sentencia o resolución del caso, para luego poder ejecutarlo en nuestro país.

La norma que regula el exequatur en España, desde agosto de 2015, es la Ley 29/2015 (Título V, Arts. 41 a 61) de cooperación jurídica internacional en materia civil.

En Candia & Asociados, somos expertos en asesorar y tramitar el reconocimiento y la ejecución de sentencias y resoluciones judiciales de los diferentes Países en España, facilitando desde la preparación de la documentación requerida hasta la representación en procedimientos judiciales. Nuestra capacidad multilingüe nos permite trabajar con sentencias provenientes de diversas jurisdicciones, asegurando una traducción y comprensión exactas y técnicas.

Ejecución de sentencias españolas en el extranjero

Por otro lado, cuando una sentencia española necesita ser ejecutada fuera del país, entran en juego los tratados y convenios internacionales suscritos entre España y otros Estados. Los más relevantes en este ámbito son:

  • El Reglamento Bruselas I (UE) y su versión refundida (Reglamento 1215/2012), aplicable a la ejecución de sentencias dentro de los Estados miembros de la Unión Europea.
  • El Convenio de Lugano, que regula la ejecución de sentencias entre la UE y países como Noruega, Suiza e Islandia.
  • El Convenio de La Haya sobre el reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras.
    Cada uno de estos acuerdos ofrece un marco legal específico que facilita la ejecución de resoluciones judiciales en diferentes jurisdicciones. Sin embargo, cada país puede tener particularidades legales que requieren ser consideradas en detalle. Nuestro equipo multilingüe, con profundo conocimiento de las legislaciones internacionales, está capacitado para llevar a cabo estos procedimientos en diversos países, minimizando los tiempos y obstáculos legales.

Competencia multilingüe y transfronteriza: la ventaja de CANDIA & ASOCIADOS

En CANDIA & ASOCIADOS, comprendemos que las barreras lingüísticas y culturales pueden ser un obstáculo en procedimientos transfronterizos. Por eso, contamos con un equipo de profesionales capaces de comunicarse fluidamente en varios idiomas, entre ellos inglés, francés, ruso e italiano. Esto nos permite no solo manejar la documentación en su idioma original, sino también mantener una comunicación directa y efectiva con tribunales y autoridades extranjeras.

Gracias a nuestra experiencia y capacidades, hemos ayudado a empresas y particulares de todo el mundo a resolver disputas judiciales complejas que involucran la ejecución de sentencias en múltiples jurisdicciones. Ya sea para la homologación de una sentencia extranjera en España o la ejecución de una sentencia española en otro país, nuestro despacho se encarga de todo el proceso, ofreciendo a nuestros clientes soluciones integrales, ágiles y personalizadas.

Conclusión

La ejecución de sentencias extranjeras es un proceso técnico y complejo que requiere un profundo conocimiento de las normativas internacionales, así como un equipo multilingüe que pueda superar las barreras idiomáticas y culturales. En Candia & Asociados, nos enorgullece ofrecer un servicio experto y global, que abarca tanto el reconocimiento de sentencias extranjeras en España como la ejecución de sentencias españolas en el extranjero. Nuestra combinación de experiencia legal y capacidad multilingüe nos convierte en el aliado ideal para quienes necesitan soluciones eficientes y confiables en el ámbito del derecho transfronterizo.

 

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